martes, 29 de mayo de 2018

MODIFICAN EL REGLAMENTO DE COMPROBANTES DE PAGO EN CUANTO A LA AUTORIZACIÓN DE IMPRESIÓN Y/O IMPORTACIÓN DE DOCUMENTOS.


RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 133-2018/SUNAT.
Fecha de publicación: lunes 28 de mayo de 2018.
Mediante la presente resolución, se modifica el Reglamento de Comprobantes de Pago, con la finalidad de simplificar el procedimiento de autorización de impresión y/o importación y optimizar el control tributario.
Para ello, se modifica lo señalado en el artículo 12 del referido Reglamento, de acuerdo con lo siguiente:
–  El encabezado; el numeral 1;
–  El epígrafe, el encabezado y los literales b), e) y l) del inciso 2.3;
–  El epígrafe y el encabezado del primer párrafo del inciso 2.4 del numeral 2 y
–  El numeral 9
Entre las nuevas obligaciones para quienes soliciten la autorización de impresión y/o importación de documentos destacan las siguientes:
• Comunicar a la Sunat el número de teléfono móvil o actualizar dicho número, según corresponda, así como registrar en el aplicativo que la SUNAT habilite en SUNAT Virtual, el código de verificación que esta remite con ocasión de la comunicación o actualización de ese dato.
• Comunicar a la SUNAT la dirección de correo electrónico o actualizar dicha dirección,
• De estar obligado a llevar el Registro de Ventas e Ingresos y el Registro de Compras de manera electrónica, haber generado ambos registros que hubieren vencido durante los doce meses anteriores.
Fecha de vigencia: 02/07/2018
Fuente: Clubdecontadores.com
http://busquedas.elperuano.pe/normaslegales/modifican-el-reglamento-de-comprobantes-de-pago-en-cuanto-a-resolucion-133-2018sunat-1652798-1/

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